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Con fecha 22 de Marzo del año en curso se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 31435, la cual modifica el artículo 24° del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Se reduce del plazo de atención de reclamos de los consumidores, el cual se reduce de 30 (treinta) a 15 (quince) días calendarios.
Los consumidores pueden exigir la entrega del libro de reclamaciones para formular su queja o reclamo respecto de los productos o servicios ofertados.
Los establecimientos comerciales tienen la obligación de dar respuesta a los reclamos y las quejas en el plazo de 15 días y de remitir al Indecopi la documentación correspondiente al Libro de Reclamaciones cuando este le sea requerido. En los procedimientos sancionadores, el proveedor denunciado debe remitir la copia de la queja o reclamo correspondiente junto con sus descargo.
El Poder Ejecutivo a través del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en un plazo no mayor de 30 (treinta) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente ley, emitirá Reglamento correspondiente.