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El dia 4 de agosto del año en curso, ha sido publicado mediante el Diario Oficial el Peruano, la Ley 31543, Ley de Zona Franca y Comercial de Tacna .
A CONTINUACIÓN SE DETALLAN LOS ASPECTOS MAS RELEVANTES:
1.- Como principal cambio en la modificación de la Ley , se incorpora la posibilidad de que las personas naturales del resto del territorio nacional pueden adquirir en la zona comercial a través del comercio electrónico los bienes consignados en la franquicia de compra vigente.
2.- Las operaciones comerciales no estarán gravadas con el impuesto general a las ventas (IGV), impuesto de promoción municipal (IPM) e impuesto selectivo al consumo (ISC) y demás tributos creados y por crearse que gravan las operaciones de venta, con excepción del impuesto a la renta (IR).
3.- Las consideraciones planteadas para el comercio electrónico tienen vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027.
4.- La SUNAT deberá adecuar en un plazo de 30 días modalidad de venta electrónica especial en la Zona Comercial de Tacna.
5.- Las empresas dedicadas a la prestación de servicios de entrega rápida son las responsables del traslado de las mercancías