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21.09.2021

Prorrogan Estado de Emergencia Nacional.

Con fecha 17 de setiembre de 2021, mediante el Diario Oficial el Peruano, ha sido publicado el Decreto SUPREMO Nº 152-2021-PCM, referido a la Prorroga del Estado de Emergencia Nacional , por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del viernes 1 de octubre de 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19.

A continuación los detalles mas relevantes del Decreto:

Hasta el 3 de octubre de 2021, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, según el Nivel de Alerta por Provincia, conforme al siguiente detalle:

  • Nivel de alerta moderado: De lunes a domingo desde las 01:00 horas hasta las 4:00 horas.
  • Nivel de alerta alto: De lunes a domingo desde las 23:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
  • Nivel de alerta muy alto: De lunes a domingo desde las 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
  • Nivel de alerta extremo: De lunes a sábado desde las 21:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente; y los domingos desde las 4:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.

 

En todos los casos, es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público; así como, el uso de doble mascarilla (una de las cuales podrá ser de tela) para el ingreso a establecimientos con riesgo de aglomeración, tales como: centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamentos, tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias, recomendándose el uso adicional del protector facial en estos establecimientos.

Los peruanos, extranjeros residentes, y extranjeros no residentes cuyo destino final sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben contar con una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen y haber completado las respectivas dosis de vacunas según las exigencias del país donde se vacunó. Aquellas personas que muestren síntomas al ingresar a territorio nacional ingresan a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia.

Para finalizar, se dispone que desde hoy 20 de septiembre del año en curso el uso de las playas está permitido en todas las provincias litorales del país, dado que estas se encuentran en el nivel de alerta moderado, respetando las normas sanitarias vigentes del Ministerio de Salud para prevenir el contagio del covid-19 en estos espacios públicos. La autorización comprende no solo a las playas del litoral, sino también a las ubicadas en ríos, lagos y lagunas que se encuentran en las provincias con nivel de alerta moderado, que son casi todas del país con excepción de Satipo (Junín) y Oxapampa (Pasco), que se encuentran con nivel de alerta alto.