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Con fecha 22 de Enero del año 2022, fue publicado en el Diario Oficial el Peruano, el Decreto Supremo N°003-2022-SA, referido a la Prórroga de la declaratoria de emergencia sanitaria.
A CONTINUACIÓN DE DETALLAN LOS ASPECTOS MAS RELEVANTES :
-Prorróguese a partir del 2 de marzo de 2022, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, la emergencia sanitaria declarada por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, prorrogada por los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA, Nº 031-2020-SA, Nº 009-2021-SA y Nº 025-2021-SA, es decir hasta el 28 de Agosto del 2022.
-Durante la prórroga se continuará con la contratación de bienes y servicios requeridos para las actividades de la emergencia sanitaria COVID-19.
-Concluida la prórroga declarada las autoridades responsables de la ejecución del Plan de Acción, deben informar respecto de las actividades y recursos ejecutados, así como sobre los resultados alcanzados.
EFECTOS DE LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA SANITARIA:
-Obligatoriedad del trabajo remoto para trabajadores incluidos en el grupo de riesgo, personal discapacitado, gestantes, siempre y cuando sus labores exponen a riesgo COVID 19 y no se puedan reubicar. Según Ley Nº 31051.
-Facilidades para efectuar reuniones virtuales en materia colectiva, capacitaciones virtuales en materia de Salud y Seguridad en el trabajo. Según RM 92-2020-TR
-Suspensión de exámenes médicos ocupacionales periódicos. Según Decreto Legislativo 1499.