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AUTORIZAN A LOS TRABAJADORES DISPONER DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS.
Con fecha 25 de Mayo del del año en curso, fue publicado a través del Diario Oficial el Peruano La Ley Nº 31480, referida a la autorización para los trabajadores de disponer de la compensación por tiempo de servicios a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la Pandemia del covid-19..
A continuación algunos aspectos relevantes:
-Retiro al 100% de la CTS.
-Se puede realizar el retiro de la CTS hasta el 31 de diciembre del 2023.
-El Poder Ejecutivo dicta las disposiciones reglamentarias necesarias en el plazo máximo de diez (10) días calendario desde la entrada en vigencia de la presente Ley.
LICENCIA CON GOCE DE HABER Y POSTERIOR COMPENSACIÓN PARA LOS TRABAJADORES QUE REALICEN EXÁMENES ONCOLÓGICOS PREVENTIVOS ANUALES.
Con fecha 25 de Mayo del del año en curso, fue publicado a través del Diario Oficial el Peruano La Ley Nº 31479, referida a la Licencia con goce de haber y posterior compensación para los trabajadores que realicen exámenes oncológicos preventivos.
A continuación algunos aspectos relevantes:
-Aplica para los trabajadores del sector Público y Privado independientemente de la naturaleza contractual de su vínculo laboral.
-Beneficio Anual de licencia compensable, hasta por dos días hábiles, consecutivos o no, para someterse a sus exámenes preventivos oncológicos.
-Para acceder a esta licencia, previamente el Trabajador debe coordinar con el Empleador o autoridad superior, además de presentar la orden médica en la que se indiquen los exámenes a realizar. Asimismo, posteriormente debe presentar los documentos que acrediten dicha atención..
-La licencia otorgada al trabajador será compensable con horas de trabajo que serán acordadas con el empleador