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Con fecha 30 de agosto del año en curso, ha sido publicado en el Diario Oficial el Peruano la Resolución de Superintendencia Nº 000128-2021/SUNAT, referido a la modificación de la Resolución de Superintendencia Nº 279-2019/SUNAT, efectuando así una ampliación de plazos, respecto a las fechas para la designación de emisores electrónicos.
Cabe resaltar que anteriormente se tenia como fecha limite a partir del 1 de setiembre de 2021, a los sujetos que al 31 de diciembre de 2019 hubieran obtenido ingresos anuales mayores o iguales a 23 unidades impositivas tributarias (UIT) pero menores a 75 UIT y, a partir del 1 de enero de 2022, a aquellos que hubieran obtenido ingresos menores a 23 UIT.
Es importante señalar que esta ampliación se debe a que los contribuyentes no han completado las implementaciones necesarias para la emisión electrónica de sus comprobantes de pago, por lo que se considera conveniente postergar su fecha de designación como emisores electrónicos por determinación de la SUNAT.