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23.02.2021

Actos que deben ser inscritos mediante la plataforma SID- SUNARP 2021

Con fecha 05 de Junio del año en curso, ha sido publicado en el Diario Oficial el peruano, la Resolución de la Superintendencia Nacional De Los Registros Públicos N° 052-2021-SUNARP/SN, (en adelante, la “Resolución”), mediante la cual establece que a partir del día 09 de junio del año en curso, deberán presentarse los siguientes actos a través de la plataforma SID-SUNARP:

Actos correspondientes al registro de personas jurídicas.

-Modificación de estatutos (con excepción del cambio de domicilio a una oficina registral distinta a aquella en la que consta inscrita la persona jurídica, así como la fusión, escisión y reorganización simple), de Sociedad Anónima (S.A.), Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.), Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (SRL) y Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.).

-Transferencia de participaciones por actos intervivos de Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (SRL).

Actos correspondientes al reegistro de predios.

-Compraventa.

-Constitución de hipoteca.

-Ampliación, reducción, modificación o levantamiento de hipoteca.

Ahora bien, es importante destacar que la Resolución hace mención a ciertos actos que se encuentran excluidos de los alcances de la misma, dentro de los cuales se encuentran:

-Los traslados instrumentales expedidos por cónsules cuando ejercen función notarial fuera del país o aquellos instrumentos otorgados fuera del territorio nacional, conforme al régimen legal extranjero.

-Los traslados instrumentales expedidos por el Archivo General de la Nación o por los Archivos Departamentales, correspondientes al acervo documentario del notario cesado.

-Las resoluciones emitidas por los órganos jurisdiccionales o arbitrales.

-Las solicitudes de inscripción que, conteniendo cualquiera de los actos señalados en la presente resolución, incorporen otros actos inscribibles cuya presentación, a través del SID-SUNARP, es facultativa.

-Traslados instrumentales del acervo documentario del notario cesado, cuyo protocolo notarial se encuentra bajo la administración de los Colegios de Notarios, manteniéndose para estos casos la presentación facultativa.